Es un acuerdo entre inquilino y
propietario por virtud del cuál al inquilino se le concede la facultad
exclusiva de decidir sobre la compraventa de la vivienda que tiene en
arrendamiento, pudiendo ejercer la opción de comprar la vivienda después de
haber vivido en ella durante un período de tiempo específico y se incluiría en el
contrato de arrendamiento, dejando al inquilino a determinar si adquiere o no la
propiedad, mientras tanto abonando las
cantidades correspondientes a alquiler. Se le permitiría deducir la totalidad o parte de lo pagado, según
se pacte, en concepto de alquiler del precio final de la vivienda al comprarla.
Esta opción de compra no exige al
inquilino que la formalice sino que puede no ejercitarla llegado el momento de la opción. Cuando
se cumple el plazo de opción,
el inquilino hasta ese momento puede retirarse
o continuar con el alquiler tradicional.
El propietario no puede vender la casa a terceros durante
el plazo que tenga pactado con el inquilino.