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¿Qué se consideran gastos extraordinarios a efectos de pensión de alimentos de hijos?

Una cuestión que se plantean muy a menudo los padres separados o divorciados con hijos menores de edad es la cuestión de los "gastos extraordinarios". ¿qué incluyen?

Podría definirse como aquellos gastos que salen de lo natural o de lo común y que no sean previsibles ni se produzcan con cierta periodicidad. Buenos ejemplos podrán ser actividades deportivas, fútbol y clases de inglés, viajes o gastos de gafas, lentillas u ortopédicos.

Los gastos que se incluyen de manera ordinaria en la pensión de alimentos serían los que, aunque sean gastos que se producen una vez al año, están previstos, son conocidos aunque no sepamos exactamente el importe de los mismos. Unos ejemplos serían el material didáctico, uniformes o matrículas. Pese a esto, en el Convenio Regulador los progenitores podrán pactar otra cosa, especificando qué se considera gasto extraordinario y qué no.