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REGIMEN DE DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL ADQUIRIDAS ANTES DEL 1 DE ENERO DE 2011

IMPUESTO SOBRE LA RENTA 2011

  La Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas prevé la posibilidad de deducción por el concepto de adquisición de vivienda habitual o construcción de la misma aunque las cantidades se hubiesen satisfecha con anterioridad al día 1 de enero de 2011 pero en determinadas condiciones.

    Si la base imponible es superior a 17.724,90 euros anuales, tendrán como base máxima la establecida en la ley de IRPF para 2010 aún cuando se supere el límite de los 24.107,20 euros anuales.

Por tanto la nueva ley de IRPF para 2011 fija el límite de base imponible máximo para la deducción por adquisición o construcción de vivienda habitual en rentas inferiores a 24.107 euros, manteniendo la deducción en los casos de viviendas adquiridas con anterioridad al 1 de enero de 2011 sin límite sobre la Base Imponible, aunque con los porcentajes previstos en la Ley de 2010.

La Base Imponible será el resultado de sumar el saldo de los rendimientos (por trabajo, bienes muebles, bienes inmuebles y actividades económicas) y el saldo positivo de ganancias y pérdidas patrimoniales (transmisión de acciones, fondos de inversión e inmuebles, premios, operaciones financieras, permutas, indemnizaciones...).

NOVEDAD 2011

En virtud de lo acordado en el Real Decreto Ley 20/211, de 30 de diciembre de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, se ha introducido una reforma que suprime la limitación establecida para rentas iguales o superiores a 24107.20 euros. Con efecto de 1 de enero de 2011 y por tanto, para la próxima declaración de la renta, la deducción por inversión en vivienda habitual se podrá practicar por todos los contribuyentes con independencia del importe de su base imponible, estableciéndose una base máxima de deducción anual de 9040 euros en los supuestos de adquisición, construcción, ampliación o rehabilitación.