El cuaderno particional es el documento donde se contienen los pactos entre herederos para la valoración y el reparto de los bienes de la herencia. Desde luego los pactos deberán cumplir las disposiciones testamentarias si existió testamento, o lo legalmente dispuesto.
Este documento que en principio es perfectamente válido desde que es firmado por todos los herederos, habrá de elevarse a escritura pública en una notaría de la libre elección de los herederos cuando entre los bienes se contenga algún inmueble y esto es así porque gracias a esa escritura pública podrá cambiar la titularidad en el Registro de la Propiedad que corresponda.
Si entre los herederos existe algún menor o incapaz, con la propuesta de cuaderno particional deberán acudir al Juzgado de Familia (o Juzgado de Primera Instancia si no existe la especialidad de Familia) y solicitar su aprobación, debiéndose nombrar incluso un Defensor Judicial para el menor o incapaz si hay intereses contrapuestos entre sus padres o tutores y los menores o incapaces.
Una vez aprobado, el auto y el cuaderno particional habrán de ser presentados en la notaría.
Este cuaderno particional habrá de ser presentado igualmente ante la Hacienda de la Comunidad Autónoma a la hora de liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Si necesita realizar un cuaderno particional o el surge alguna cuestión relacionada podrá ponerse en contacto con nosotros en el correo electrónico conocertusderechos@gmail.com