. EJECUCIÓN FORZOSA Y EMBARGO DE BIENES DEL DEUDOR (27): MANIFESTACIÓN DE BIENES DEL DEUDOR EJECUTADO | Conocer tus derechos

EJECUCIÓN FORZOSA Y EMBARGO DE BIENES DEL DEUDOR (27): MANIFESTACIÓN DE BIENES DEL DEUDOR EJECUTADO

Como ya adelantamos anteriormente en este blog, salvo que el acreedor ejecutante señale bienes del deudor cuyo embargo estime suficiente para el fin de la ejecución (en la demanda ejecutiva, recordar lo ya expuesto en este blog), el Secretario judicial requerirá de oficio al deudor ejecutado para que manifieste relación de bienes y derechos suficientes para cubrir al cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título.

         Dicho requerimiento se hará con apercibimiento de las sanciones que pueden imponérsele, cuando menos por desobediencia grave, en caso de que incumpla el mismo. El Secretario judicial podrá también decretar la imposición de multas coercitivas periódicas al deudor ejecutado que no respondiere debidamente al requerimiento. Frente a estas resoluciones del Secretario cabrá recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo.

EMBARGO DE BIENES.EJECUCION