Por ejemplo, en un procedimiento verbal de reclamación de 2500 euros, tendría que abonarse como tasa un fijo de 150 euros y una cantidad variable que sería 12.50 euros (2500 x 0.50 %) que ascendería a un total de 162.5 euros.
La presentación de petición inicial del procedimiento monitorio y la demanda de juicio verbal en reclamación de cantidad cuando la cuantía de las mismas no supere 2000 euros estará excenta de tasas.
Modelo Agencia Tributaria 696: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Modelos_formularios/modelo_696.shtml
Última hora: desde el 28 de febrero de 2015, se han suprimido las tasas judiciales para los particulares (Real Decreto Ley 1/2015, de 27 de febrero, BOE 28 de febrero).