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PROCEDIMIENTO DE SEPARACION Y DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO. TRAMITACIÓN

La demanda de separación y divorcio de mutuo acuerdo deberá ser presentada por procurador y firmada por abogado, dando la opción la Ley de Enjuiciamiento Civil a que los dos cónyuges se defiendan y representen como los mismos profesionales.

También es posible que la demanda de separación o divorcio de mutuo acuerdo la presente uno de los cónyuges pero con el consentimiento del otro. En este caso solo necesitará abogado y procurador quien presente la demanda. Os recomiendo la lectura del artículo escrito en este blog http://conocertusderechos.blogspot.com/search/label/DIVORCIO

La demanda de separación o divorcio deberá ir acompañada de certificación de la inscripción de matrimonio y de nacimiento de los hijos aunque sean mayores de edad así como acompañar propuesta de Convenio Regulador firmado por ambos cónyuges así como cualquier otro documento económico de las partes como nóminas, certificado de renta, del INEM. También se podrá presentar el acuerdo que las partes alcancen en mediación familiar .

Una vez se admita a trámite la demanda por el Secretario Judicial se citará a ambos cónyuges para ratificar el Convenio Regulador por separado. Si alguno de los cónyuges no se ratifica, se archivará el procedimiento de separación o divorcio de mutuo acuerdo debiendo presentar demanda nueva.

Si existieran hijos menores de edad en el matrimonio, será parte en el procedimiento el Ministerio Fiscal que deberá emitir un informe sobre si el Convenio Regulador ampara suficientemente los derechos de los menores. Lo mismo ocurre si alguna de las partes estuviera incapacitada.

Ratificados ambos cónyuges y emitido informe favorable, se dictará sentencia concediendo o denegando la separación o el divorcio y pronunciándose sobre el Convenio Regulador. La sentencia que aprueba el divorcio o la separación se inscribirá por orden del Juzgado en el Registro Civil una vez sea firme (pasados 20 días hábiles si hubo intervención del Ministerio Fiscal).

La regulación del procedimiento de divorcio o separación de mutuo acuerdo ha sido modificado por la ley de Jurisdicción voluntaria en el caso de solo exisitir hijos mayores de edad, incapaces o no existir hijos, por lo que recomendamos la lectura del post dedicado al divorcio y separación tras la reforma: http://conocertusderechos.blogspot.com.es/2015/08/reforma-del-divorcio-y-separacion-de.html