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DERECHOS DE LOS USUARIOS DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA

      El 16 de abril de 2002 se aprobó en el Congreso de los Diputados el texto de la Carta de los Derechos de los ciudadanos ante la Justicia en la que se recoge un catálogo de derechos de los ciudadanos en los que destacamos los siguientes:

- Se impulsará la creación y dotación material de Oficinas de Atención al ciudadano, asegurando su implantación en todo el territorio nacional.

- El ciudadano tiene derecho a conocer el contenido actualizado de las leyes españolas y de la Unión Europea mediante un sistema electrónico de datos fácilmente accesible.

- El ciudadano tiene derecho a conocer el contenido y estado de los procesos en los que tenga interés legítimo de acuerdo con lo dispuesto en las leyes procesales.

-Los interesados tendrán acceso a los documentos, libros, archivos y registros judiciales que no tengan carácter reservado.

- El ciudadano tiene derecho a que las notificaciones, citaciones, emplazamientos y requerimientos contengan términos sencillos y comprensibles, evitándose el uso de elementos intimidatorios innecesarios.

- El ciudadano tiene derecho a que en las vistas y comparecencias se utilice un lenguaje que, respetando las exigencias técnicas necesarias, resulte comprensible para los ciudadanos que no sean especialistas en derecho.

- El ciudadano tiene derecho a disponer gratuitamente de los formularios necesarios para el ejercicio de sus derechos ante los tribunales cuando no sea preceptiva la intervención de Abogado y Procurador.

- El ciudadano tiene derecho a ser atendido de forma respetuosa y adaptada a sus circunstancias psicológicas, sociales y culturales.

- El ciudadano tiene derecho a exigir que las actuaciones judiciales en las que resulte preceptiva su comparecencia se celebren con la máxima puntualidad.

- El ciudadano tiene derecho a conocer la identidad y categoría de la autoridad o funcionario que le atienda. Los datos figurarán en un lugar fácilmente visible del puesto de trabajo.

- El ciudadano tiene derecho a ser atendido personalmente por el Juez o por el Secretario Judicial respecto a cualquier incidencia relacionada con el funcionamiento del órgano judicial.

- El ciudadano tiene derecho a utilizar con la Administración de Justicia del territorio de su comunidad la lengua oficial que escoja.

- El ciudadano tiene derecho a formular reclamaciones, quejas y sugerencias relativas al incorrecto funcionamiento de la Administración de Justicia, así como a recibir respuesta a las mismas con la mayor celeridad y, en todo caso, dentro del plazo de un mes.

- El ciudadano tiene derecho a exigir responsabilidades por error judicial o por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia.

- El ciudadano tiene derecho a una tramitación ágil de los asuntos que le afecten y a conocer en su caso el motivo concreto del retraso.