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NUEVOS PORCENTAJES DE RETENCION EN LOS RENDIMIENTOS DEL CAPITAL

En la Ley del Impuesto sobre la renta de las personas físicas, según la redacción anterior dada por la ley 26/2009, de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para 2010, en su Artículo 101 relativo a los pagos a cuentas fijaba el porcentaje de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos del capital mobiliario en el 19 por ciento.

La actual redacción dada por el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público publicado en el BOE del día 31 de diciembre de 2011 modifica el artículo 101 de la Ley del Impuesto sobre la renta de las personas físicas y fija en un 21 por ciento en los períodos impositivos 2012 y 2013, los porcentajes de pagos a cuenta. Por tanto, los rendimientos obtenidos por cuentas bancarias y depósitos se verán afectados por esta subida en los porcentajes de retención.