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Cómo saber si un documento necesita la apostilla para tener validez:

A través de la denominada Apostilla de la Haya un país firmante del XII Convenio de La Haya reconoce la eficacia jurídica de un documento público emitido en otro país firmante de dicho Convenio.

 Mas de 100 países firmaron este convenio, pudiéndose consultar la lista en la página: http://www.hcch.net/index_es.php?act=conventions.authorities&cid=41



Cuándo un documento necesita apostilla:



La apostilla puede aplicarse en:

  • a) Documentos dimanantes de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del Estado, incluyendo los provenientes del Ministerio Público o de un secretario, oficial o agente judicial.



  • b) Documentos administrativos.



  • c) Certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados, tales como la certificación del registro de un documento, la certificación sobre la certeza de una fecha y las autenticaciones oficiales y notariales de firmas en documentos de carácter privado.



Consiste en colocar sobre el propio documento público, o una prolongación del mismo, una Apostilla o anotación que certificará la autenticidad de la firma de los documentos.

Qué autoridades se encarga de realizar el apostillado:

La Apostilla de la Haya la puede solicitar cualquier persona portadora de un documento publico cuya autenticidad desee certificar.

En España podrá acudir a las "Autoridades apostillantes", dependiendo de la naturaleza del documento público de que se trate:



1. Para apostillar documentos emitidos por autoridades judiciales tales como autos, sentencias y demás providencias emanadas de cualquier autoridad judicial, de cualquier instancia (Juzgados, Audiencias Provinciales, Tribunales Superiores de Justicia) y de todas las ramas de la jurisdicción (civil, penal, social, contencioso administrativa, etc): la autoridad apostillante competente es el Secretario de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma correspondiente.



Además los Secretarios de las Salas de Gobierno son también la autoridad competente para apostillar los documentos administrativos expedidos por los órganos propios de su Comunidad Autónoma, exceptuados los documentos académicos oficiales, y por las Entidades Locales de la misma.


Sede de las Secretarias de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia:

  • Andalucía: Pza. Nueva. 18071. Granada. Tfno. 958 00 26 12.-958 00 27 34.
  • Ceuta: Edif. Ceuta-Center. C/ Padilla S/N. 2ª Plta. 51071 Ceuta. Tlf. 856 20 07 48.
  • Melilla: Edif. V Centenario. Torre Norte 13ª Plta. 52001 Melilla. 952 69 89 64
  • Aragón: C/ Coso, 1. 50071. Zaragoza. Tfno. 976 20 83 92.
  • Asturias: Plaza Porlier, 3. 33071. Oviedo. Tfno. 985 98 84 06.
  • Baleares: Plaça des Mercat, 12. 07071. Palma de Mallorca. Tfno. 971 72 33 69.
  • Canarias: Pza. San Agustín, 6 Vegueta. 35071. Las Palmas de Gran Canaria. Tfno. 928 32 50 00.
  • Cantabria: Avda. Pedro San Martín, s/n. 39071. Santander. Tfno. 942 35 71 18.
  • Castilla la Mancha: C/ San Agustín, 1. 02071. Albacete. Tfno. 967 59 65 09.
  • Castilla y León: C/ San Juan, 2. 09071. Burgos. 947 25 96 62/63.
  • Cataluña: Pº. Lluís Companys, 14-16. 08071. Barcelona. Tfno. 900 90 12 34.
  • Comunidad Valenciana: C/ Palacio de Justicia, s/n. 46071. Valencia. Tfno. 963 87 69 22.
  • Extremadura: C/ Peña s/n. 10071. Cáceres. Tfno. 927 62 02 05.
  • Galicia: Pza. Galicia, s/n. 15071. La Coruña. Tfno. 981 18 22 98.
  • La Rioja: C/ Víctor Pradera, 2. 26001. Logroño. Tfno. 941 29 64 00/01.
  • Madrid: General Castaños, 1. 28071. Madrid. Tfno. 91 493 49 34.
  • Murcia: Pº Ronda de Garay, 5. 30003. Murcia. Tfno. 968 22 91 02/30.
  • Navarra: C/ San Roque, 4. 31071. Pamplona. Tfno. 848 42 40 58/60.
  • País Vasco: C/ Barroeta Aldamar, 10. 48001. Bilbao. Tfno. 944 01 66 53.

2. Documentos autorizados notarialmente y documentos privados cuyas firmas hayan sido legitimadas por Notario:
  • La autoridad apostillante competente será el Decano del Colegio Notarial respectivo o miembro de su Junta Directiva.
3. Para apostillar documentos de los órganos centrales de la Administración General del Estado tales como Ministerios o Departamentos ministeriales y los Organismos y Entes Públicos adscritos a los mismos: la autoridad apostillante competente es el Jefe de la Sección de Legalizaciones de la Subsecretaría del Ministerio de Justicia.

La solicitud puede hacerse de forma presencial o por correo, remitiendo la solicitud por correo postal a las siguientes dirección: Sección de Legalizaciones del Ministerio de Justicia (Oficina Central de Atención al Ciudadano- Plaza de Jacinto Benavente nº 3. 28071. Madrid)

4. Para apostillar los documentos públicos de los órganos periféricos de la Administración General del Estado (Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en las CC.AA. y Provincias, y Direcciones Territoriales y Provinciales de los Ministerios y Organismos), así como los documentos públicos de las restantes Administraciones Públicas (Comunidades Autónomas y Entidades Locales):   La autoridad apostillante será el Secretario de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia o el Decano del correspondiente Colegio de Notarios.